Tengo derecho a finiquito por fin de contrato temporal - GLM ETT

¿Tengo derecho a finiquito por fin de contrato temporal?

Según contempla el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 49.2, el finiquito por fin de contrato temporal es un documento, con carácter legal y vinculante, que da por terminada una relación profesional entre empresa y empleado, tanto por un despido como por la finalización de un contrato temporal.

El principal objetivo del finiquito es hacer constar, de manera formal, los conceptos pendientes de pago en la fecha de la extinción del contrato. 

Estos conceptos, que deben aparecer detallados, en bruto y asociados a las cotizaciones y retenciones correspondientes, son: 

  • Salario pendiente. Por ejemplo, si se despide a un trabajador el día 11 del mes, en el finiquito debe aparecer el salario correspondiente a estos días trabajados y pendientes de cobro.
  • Días de vacaciones no disfrutados, con la cantidad económica y la cotización correspondiente.
  • Horas extras realizadas y que todavía no han sido retribuidas.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias correspondientes. 
  • Bonus contemplados en el contrato, como pueden ser pluses, dietas, incentivos de productividad o comisiones por venta. 

 

Además, en el documento de finiquito por fin de contrato temporal también se incluye la indemnización que debe percibir el trabajador.

¿Cómo se calcula el finiquito por fin de contrato temporal?

Para calcular el finiquito por fin de contrato temporal hay que calcular y sumar estos conceptos: 

  • Salario pendiente de pago. Si tu salario mensual es de 1.050 €, tendrás que dividir dicho importe por los 30 días naturales del mes (35 €). Ese es tu salario diario. Después, multiplica el resultado por los días trabajados en el mes en se produce el despido o la finalización del contrato (por ejemplo, si has trabajado 11 días, te corresponderán 385 €).

 

  • Vacaciones no disfrutadas. En este caso, debes saber los días del año trabajados hasta la finalización de tu contrato laboral. Ten en cuenta que, por cada mes trabajado, te corresponden dos días y medio de vacaciones. Al total de días correspondientes (normalmente 30), réstale aquellos de los que hayas disfrutado. La cifra que obtengas, multiplícala por tu salario diario. Imagina que de los 30 días que te corresponden de vacaciones, únicamente has disfrutado 20. El dinero pendiente por este concepto será de 10 x 35 € = 350 €.

 

  • Pagas extra. En este caso, el importe es independiente en cada una de las pagas extra que tengas en tu contrato, tomando como referencia los días trabajados  y si estas son prorrateadas, semestrales o anuales. Para saber el importe de cada paga extraordinaria, divídela entre 365 días y multiplícala por los días que hayas trabajado. 

 

  • Indemnización. La indemnización es un derecho que tienen todos los trabajadores cuando finalizan un contrato temporal (a excepción de los contratos de formación e interinidad) y su importe en 2021 es el equivalente a 12 días de salario por año trabajado. Esto quiere decir que percibirás un día de salario por cada mes que hayas trabajado. Pongamos un ejemplo: si tu salario asciende a 1050 €/mes y has trabajado 6 meses, la indemnización que te corresponde es de 210 € (35 € por cada mes,  multiplicado por seis meses). 

 

¿Es posible que el finiquito de un contrato temporal sea «negativo»?

Existen casos en los que, en el momento de la extinción de un contrato laboral, el trabajador ha disfrutado de vacaciones de más o de adelantos en nóminas, pagas extra o incentivos.

Tanto estos supuestos como la baja voluntaria sin preaviso (los trabajadores están obligados a avisar a su empleador según indique el convenio colectivo, o en su defecto, con 15 días de antelación), aparecerán reflejadas en el finiquito, y pueden suponer que  el trabajador adeude a su empresa una importante cantidad de dinero. 

En caso de finiquito negativo, la empresa puede llegar a un acuerdo o reclamar judicialmente la deuda a su ex-trabajador.

¿Es obligatorio firmar el finiquito?

Firmar el finiquito por fin de contrato temporal es obligatorio para recibir todos pagos pendientes, aunque esta firma no implica aceptación total del mismo ni renunciar a tus derechos: simplemente, quiere decir que has recibido la notificación sobre la cuantía del mismo. 

¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo? ¿Tendré que retrasar el cobro del finiquito si decido reclamar judicialmente? 

El cobro del finiquito por la finalización de un contrato temporal debe ser inmediato a la extinción del mismo. En caso contrario, el trabajador podrá exigirlo judicialmente.

Cobrar el finiquito no significa estar conforme con todos los conceptos, y el trabajador puede recurrirlo si así lo considera oportuno. 

Por otra parte, los trabajadores tienen derecho a solicitar la presencia de un representante legal antes de firmar el finiquito o su carta de despido. Este mismo derecho también puede ejercerlo el empresario, especialmente para justificar que el trabajador se niega a firmar su finiquito.

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